+57 573106621829

Normas para usar un yate en España

Normas para usar un yate en España

Los yates son muy solicitados y usados en España debido a su ubicación geográfica con una costa de más de 8000 kilómetros y una variedad amplia de puertos deportivos y marinas. Entonces, el uso de este tipo de embarcaciones es demasiado solicitada tanto por personas particulares como por empresas. Incluso, algunas personas utilizan los yates no sólo para paseos y el transporte, sino también como alojamiento durante las vacaciones y otras personas los alquilan para celebrar alguna ocasión especial como una boda, despedida de soltero/a, reencuentro con amigos del colegio o la universidad, fiestas empresariales y demás eventos.  Es importante mencionar que las embarcaciones que están regristradas como "de recreo" no importa la capacidad real del bote, la ley permite sólo hasta 12 personas incluyendo la tripulación; así que, si son más personas, lo ideal es alquilar varias embarcaciones o una que esté denominada como embarcación de pasaje. 

Además, la cantidad de yates que vas a poder encontrar en España es muy variada, con diferentes modelos y tamaños que se pueden adaptar tanto al grupo de personas que deseen tomar el tour como el presupuesto que tengas destinado para ello. De hecho, vas a encontrar diversas ofertas  tanto para alquiler como para venta de yates en este país para lo cual debes cumplir con las normas y regulaciones aplicables para garantizar la seguridad y el cumplimiento de las leyes que regulan la navegación en España. 

Lo que debes saber si quieres adquirir un yate para uso privado en España

Yates en España

Debes saber que en España es muy diferente el proceso si quieres adquirir un yate para uso privado o si es con fines de ánimo de lucro. En el caso de ser para uso exclusivamente privado, se debe inscribir el yate en la lista 7° y debe pagar impuesto de matriculación. Mientras que, si es para uso comercial mediante el alquiler a terceros, el yate debe estar inscrito en la lista 6° y tienes unos beneficios fiscales; pero, debes seguir algunos requisitos. Además, hay un Real Decreto 804 de 2014 donde vas a encontrar las normas de seguridad y prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo que transporten hasta 12 pasajeros, más que todo las que tienen más de 24 metros de eslora o de aproximadamente unos 80 pies. 

También te puede interesar: Yates en Palma de Mallorca, España 

Asimismo, hay otro Real Decreto 1571 de 1993 que dice que las personas residentes en el extranjero que adquieran vehículos para uso privado en España y no estén obligadas a su matriculación definitiva, pueden inscribirse con matrícula turística que tiene carácter provisional y no está sujeta al impuesto especial sobre determinados Medios de Transporte. Los yates que están amparados por esta matrícula se consideran en régimen de importación temporal y disfrutarán de los beneficios fiscales reconocidos legalmente para dicho régimen. También, un residente en España podría abanderar un yate fuera de este país y usarlo en aguas Españolas siempre y cuando realice el pago del impuesto de la matrícula de dicho yate. Sin embargo, debes tener en cuenta si el país en el que quieres tener registrada tu embarcación, le  permite a un extranjero no residente tener el yate matriculado de esta forma. 

También te puede interesar: Yates Azimut y Yates Sea Ray

Lo que debes saber si quieres ser propietario de un yate para uso comercial en España

Yates en España

Debes tener en cuenta que el yate debe tener bandera española. Aunque, no se aplica en todo el país; por ejemplo, en las islas Baleares la autorización sí es obligatoria y la expide la Dirección de Puertos y Aeropuertos del Gobierno Balear. En cambio, en otras zonas del país que no tengan competencia sobre el transporte marítimo dicha autorización la expide la Capitanía Marítima. Por ejemplo, si el contrato de alquiler comienza y termina en Francia, no sería obligatoria la autorización del alquiler, sino que, sólo se exige si el yate tiene base en un puerto español; es decir, si embarca y desembarca clientes en España. 

Mientras que, para el abanderamiento de una embarcación, se debe solicitar en la Capitanía Marítima aportando el título de propiedad (por ejemplo, el documento de compraventa), el justificante del pago de los impuestos correspondientes y la documentación técnica. Y, si es una embarcación que proviene del extranjero, lo que se debe hacer es un procedimiento de “bajada de bandera”. Entonces, la Administración debe resolver la solicitud de abanderamiento con un plazo de hasta 1 mes. Si no se hace durante ese tiempo, se debe considerar como denegada. Pero, si lo aceptan fuera de ese plazo sin que deban hacerse actuaciones complementarias, tú puedes reclamar o solicitar ser indemnizado por los perjuicios que se puedan haber causado. Adicionalmente, la matriculación de la embarcación debe renovarse; ya que, caduca a los 5 años. Si no se lo han solicitado, el propietario debe solicitarlo porque la pueden dar de baja del oficio. 

También te puede interesar: Yates en Ibiza

La Agencia Tributaria considera que todas las embarcaciones matriculadas en la lista 6 (en ese proceso de matrícula se asigna un código alfanumérico que liga la embarcación a un puerto) destinadas al recreo, deben dedicarse al menos los primeros 4 años exclusivamente al alquiler y no pueden ser usadas por el dueño ni por personas cercanas o que se vinculen a él. De hecho, para poder usarlo tiene dos opciones: 1. que haya pagado el impuesto de matriculación (sin haberse acogido a la Ley 38 de 1992 que los exime del pago del impuesto) o, pagar el precio que pagaría un cliente común y corriente. Pero, si se ha acogido a la Ley para no pagar el impuesto, no podrá alquilar su propio yate; ya que, la ley lo prohíbe. Sin embargo, si está fuera de España, sí podrá alquilar su propio yate porque está fuera de la jurisdicción del país. 

Ahora, las ventajas fiscales que tiene matricular una embarcación en la lista 6 en España son algunas de las siguientes, el yate puede desgravar el IVA tanto de la compra, como de los gastos de mantenimiento, aunque tendrá que declarar los beneficios de explotación. Por otro lado, si adquiere una embarcación por compraventa a un particular, está sujeto a la liquidación del contrato por el impuesto de transmisiones patrimoniales. Ese impuesto se abona en la comunidad autónoma a donde corresponda el domicilio fiscal. 

En cuanto al impuesto de matrícula o también llamado “impuesto especial sobre determinados medios de transporte” que deben pagar todas las embarcaciones que son mayores a 8 metros de eslora y en caso de ser inferior deben pagar un 12% aproximadamente. En ambos casos, las embarcaciones que están matriculadas en la lista 6, están exentas de esos impuestos. En otras palabras, los yates matriculados en la lista 6, están exentos del pago del impuesto de matriculación que es del 12% del valor de la embarcación incluyendo todos los accesorios que posee. Mientras que, si es un yate de segunda mano, te puedes guiar de unas tablas que publica anualmente el Ministerio de Economía y Hacienda para liquidar el impuesto el valor que se establezca. Pero, para evitar que las embarcaciones pasen por la matrícula 6 como modo de evasión de impuestos, es que si la embarcación cambia de matrícula 4 años posterior a su compra, debe abonar el correspondiente impuesto y que también debe pagar si se dedica a fines particulares simultáneamente.  

Por otra parte, una embarcación que se matricule en la lista 6, debe brindar a la Capitanía Marítima los siguientes documentos actualizados: certificado de navegabilidad, certificado de botiquín, póliza del seguro de responsabilidad civil, póliza del seguro extraordinario de accidentes, listado de tripulantes, autorización de la Autoridad Portuaria para ejercer funciones profesionales y un modelo 036 o 037 de la Agencia Tributaria que da de alta en actividades económicas. Hablando sobre el IVA que se debe cancelar, es del 21% y lo paga quien va a recibir el servicio a la empresa y ésta debe ingresarlo a la Hacienda Española. Si el yate es para transporte de pasajeros, se paga un 10%. 

Así bien, ya tienes una idea de las normas para usar un yate en España. Debes ser muy cuidadoso en los procesos que debes hacer si quieres adquirir un yate para uso privado o si lo quieres para uso comercial con fines de lucro y acatar las leyes de este país. Con esto, te puedes dar una idea de por qué los precios del alquiler de algunas embarcaciones es bastante elevado porque aparte de eso, se le debe cancelar el servicio que la tripulación está brindando mientras tú sólo debes disfrutar del recorrido y de las fabulosas vistas con tus familiares, amigos o colegas. 

Puedes echar un vistazo a otros artículos en: https://yate.co/es/blog